Tratamiento oncológico autorizado en 48 horas durante feria judicial

Paciente con cáncer logró en 48 horas una orden judicial para acceder a su medicación oncológica, incluso en feria judicial.

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El caso: negativa de cobertura en contexto de urgencia médica

La respuesta: amparo urgente con habilitación de feria

Ante la gravedad del cuadro, desde Derecho y Salud presentamos una acción de amparo con habilitación de feria judicial ante el Juzgado Federal de Quilmes.
El objetivo: lograr una medida cautelar que garantizara la medicación sin demoras.

En menos de 48 horas, el juzgado dictó resolución favorable:

«ORDENO que, en el plazo de tres (3) días de notificada la presente, la empresa de medicina prepaga OSDE brinde al Sr. José R…. B… la cobertura al 100% del tratamiento con ENCORAFENIB 75 mg + CETUXIMAB 500 mg.»
(Causa FLP 572/2025 – Juzgado Federal de Quilmes)

El juez destacó:

  • La urgencia médica comprobada
  • La existencia del Certificado Único de Discapacidad (CUD)
  • El respaldo científico de la medicación
  • El principio constitucional de protección de la salud

“Incluso durante la feria judicial, los tribunales pueden actuar si la vida o la salud del paciente están en riesgo. La clave está en una presentación sólida y urgente.”
— Dra. Agustina Molla del Castillo, abogada especializada en Derecho de la Salud.

El caso: negativa de cobertura en contexto de urgencia médica

  • El amparo judicial es el camino adecuado cuando está en riesgo la salud o la vida.
  • La Justicia puede actuar en plena feria judicial si el pedido está correctamente fundamentado.
  • Contar con un abogado especializado en derecho de la salud puede marcar la diferencia entre obtener una respuesta inmediata o quedarse esperando mientras el tiempo juega en contra.

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo tiene sentido pedir habilitación de feria en un amparo oncológico?

La habilitación de feria se reserva para casos en los que la demora judicial pueda tornar inútil la tutela, generando un daño grave e irreparable. La jurisprudencia exige una urgencia real, no solo la incomodidad de esperar. En materia de salud, y en especial ante suspensión de tratamientos oncológicos, los tribunales han habilitado feria cuando está en juego la continuidad de la medicación de un grupo numeroso de afiliados o el acceso inmediato a drogas de alto costo, por el riesgo directo para la vida y la integridad de los pacientes.

¿Qué documentación médica fortalece un pedido de habilitación de feria en oncología?

Resulta clave acompañar el informe actual del oncólogo con diagnóstico preciso, estadio, línea de tratamiento e indicación de la droga; la explicación explícita del riesgo clínico de suspender o demorar el esquema (pérdida de respuesta, progresión tumoral, etc.) y los respaldos de que la medicación está incluida en programas obligatorios (PMO u otras normas). La Corte Suprema ha insistido en que, cuando se trata de proteger vida y salud, los jueces deben encauzar los reclamos por vías expeditivas para que las formas procesales no frustren derechos fundamentales.

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