Amparos para Cobertura de Prestaciones por Discapacidad

Terapias, traslados, acompañante terapéutico y más. La Ley 24.901 garantiza cobertura integral — la reclamamos por vos.

¿Necesitás asesoramiento legal urgente?

Cobertura integral sin límites

La Ley 24.901 establece cobertura completa: las sesiones necesarias son las que indica el equipo médico, sin límites arbitrarios.

Terapias, traslados y más

Fonoaudiología, terapia ocupacional, kinesiología, transporte especial, acompañante terapéutico: todo puede ser cubierto.

Medida cautelar urgente

Obtenemos cobertura en 48 a 72 horas. No interrumpas el tratamiento de tu hijo o familiar esperando la burocracia.

+35 años de experiencia en derecho sanitario
+1.500 familias que resolvieron su problema
+98% de tasa de éxito en amparos de salud

Prestaciones que logramos cubrir

Ejemplos de coberturas por discapacidad que obtuvimos para nuestros clientes bajo la Ley 24.901.

Fonoaudiología (sin límite de sesiones)
Kinesiología
Terapia ocupacional
Psicopedagogía
Acompañante terapéutico
Transporte especial
Centro de día
Educación especial

Problemas comunes con prepagas y obras sociales

Si las prestaciones por discapacidad fueron limitadas, negadas o demoradas, tenés derecho a reclamar.

🚫
Límites arbitrarios de sesiones

La obra social autoriza menos sesiones de las indicadas por el equipo tratante, demora las renovaciones o rechaza terapias por "no estar en el PMO".

⚖️
La ley no tiene límites

La Ley 24.901 garantiza tantas sesiones como sean médicamente necesarias. No hay límite arbitrario que una obra social pueda imponer válidamente.

No interrumpas el tratamiento

Cada semana sin terapia es tiempo de recuperación perdido. Obtenemos medidas cautelares urgentes en 48 a 72 horas para no interrumpir el plan de tratamiento.

OS
Obra Social Argentina en línea

Solicito cobertura de las sesiones de fonoaudiología y terapia ocupacional para mi hijo, según prescripción del equipo tratante.

10:24 ✓✓

Las sesiones exceden el límite mensual del plan. La cobertura adicional es denegada.

10:31

Resultados inmediatos, incluso en menos de 72 horas

Un proceso simple y claro para defender el derecho a la salud de tu familiar.

1

Analizamos tu caso

Revisamos el diagnóstico, las prestaciones denegadas y la urgencia del reclamo. Evaluación gratuita.

2

Iniciamos el reclamo judicial

Presentamos el amparo con medida cautelar urgente. El juez puede ordenar cobertura en 48 a 72 horas.

3

Logramos la cobertura que necesitás

Seguimos el proceso hasta que todas las prestaciones sean efectivamente cubiertas. Te acompañamos en todo momento.

Un equipo experimentado a tu servicio

Más de 35 años en derecho sanitario. Especialistas en amparos bajo la Ley 24.901.

Dra. Adriana Pogiolini

Dra. Adriana Pogiolini

Directora — Especialista en Derecho Sanitario

Más de 35 años en el ejercicio del derecho. Referente nacional en amparos de salud y derecho de las personas con discapacidad.

Dra. Agustina Molla Del Castillo

Dra. Agustina Molla Del Castillo

Abogada — Derecho de Salud y Discapacidad

Especializada en reclamos de prestaciones por discapacidad bajo la Ley 24.901. Acompañamiento cercano en cada caso.

Lo que dicen nuestros clientes

Familias que confiaron en nosotros para defender el derecho a la salud de sus seres queridos.

5,0
Mariela Giuliano en la última semana

Agustina fue una maravilla. Nos ayudó a lograr que nuestra prepaga cubra el hogar para nuestra mamá. Se especializa en este tipo de casos, sabe muchísimo y consiguió algo que creíamos imposible. Además responde muy rápido a los mensajes, es muy amable, y explica todo muy claramente. Gracias a su excelente trabajo, hoy nuestra mamá puede estar en un lugar digno, donde atienden todas sus necesidades y la tratan con mucho respeto. Estamos enormemente agradecidos. ¡Mil gracias, Agustina!

Sandra Mazzocchi Hace una semana

Muy profesionales y muy serias. Me ayudaron s resolver una situación de cautelar complicada Muy recomendables

May Kloster Hace una semana

Excelente profesional y calidez humana, nos brindo seguridad y confianza desde el.primer día!

Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitás saber sobre amparos de salud

¿Qué prestaciones cubre la Ley 24.901?

Todas las contempladas en la Ley 24.901: terapias (fonoaudiología, kinesiología, psicopedagogía, terapia ocupacional), acompañante terapéutico, transporte especial, elementos ortopédicos, educación especial, centro de día, e internación especializada. La cobertura alcanza cualquier prestación médicamente necesaria.

¿Cuántas sesiones puede reclamar?

Las que sean médicamente necesarias según prescripción del equipo tratante. No hay límites arbitrarios. Si tu familiar necesita 10 sesiones semanales de terapia, la obra social debe cubrirlas todas. Un amparo puede ordenar ese cumplimiento en 48 a 72 horas.

¿Aplica también si la obra social ya cubre algunas sesiones pero menos de las indicadas?

Sí. Si la obra social cubre 2 sesiones semanales pero el equipo médico indica 5, podés reclamar judicialmente la diferencia. El estándar legal es la necesidad médica, no el límite administrativo del plan.

¿Quién puede iniciar el amparo en nombre de la persona con discapacidad?

Pueden hacerlo padres, hijos, cónyuges, convivientes o tutores en representación de la persona con discapacidad, sea menor o adulto. También puede iniciarlo la propia persona si tiene capacidad jurídica.

¿Cuánto tiempo lleva obtener la cobertura?

Con una medida cautelar urgente, los jueces pueden ordenar la cobertura en 48 a 72 horas desde la presentación del amparo. En casos no urgentes, la resolución puede demorar 1 a 2 semanas.

¿La consulta es gratuita?

Sí. La primera evaluación del caso es completamente gratuita. Analizamos tu documentación y te decimos si tenés chances de éxito antes de avanzar.

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