Cobertura geriátrico 100%: ¿cómo lograr que tu obra social pague todo el costo?

Tu obra social debe cubrir el geriátrico al 100%. Te explicamos los requisitos y cómo reclamarlo legalmente en Argentina.

Cobertura Geriatrica al 100%

¿Qué dice la ley sobre la cobertura geriátrica?

¿Cuánto deben cubrir las obras sociales y prepagas?

“Muchas familias pagan de su bolsillo lo que la ley obliga a cubrir. Con un CUD y una indicación médica, el 100% de la internación geriátrica debe estar cubierto por la obra social.”
— Dra. Agustina Molla del Castillo, abogada especializada en Derecho de la Salud.

¿Qué pasa si no hacés el reclamo judicial?

La solución: amparo con solicitud de reintegro

Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos necesito para que la obra social cubra el geriátrico al 100%?

Para exigir la cobertura geriátrica al 100% se suelen pedir tres cosas básicas:
Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.
Indicación médica expresa de internación en residencia geriátrica o “hogar permanente con centro de día”, adecuada al diagnóstico del paciente.
✅ Que la residencia geriátrica esté acorde a la patología y el grado de dependencia (por ejemplo, deterioro cognitivo, movilidad reducida, etc.).

Mi obra social dijo que el geriátrico está “fuera de cartilla” y no lo cubre, ¿qué puedo hacer?

Ese argumento de “fuera de cartilla / sin convenio” suele usarse para negar la cobertura, pero no tiene sustento legal cuando, hay CUD vigente y hay prescripción médica clara que indica internación geriátrica.
En esos casos, tenés dos caminos:
a)Reclamo administrativo: notas, mails formales o carta documento exigiendo la cobertura integral según Ley 24.901 y el nomenclador vigente.
b) Amparo de salud con pedido de cobertura y reintegro: si la negativa persiste o la respuesta se demora, se inicia un amparo para que un juez ordene; la cobertura del 100% del geriátrico y el reintegro de lo ya pagado de tu bolsillo.

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