Muchas familias en Argentina pagan entre $800.000 y $2.800.000 por residencias geriátricas sin saber que la obra social o prepaga debe cubrir ese costo al 100%.
Si la persona tiene diagnóstico médico, Certificado Único de Discapacidad (CUD) y reside en un lugar adecuado a su patología, la cobertura total es un derecho amparado por ley.
¿Qué dice la ley sobre la cobertura geriátrica?
La Ley 24.901 de prestaciones básicas para personas con discapacidad establece que las obras sociales y prepagas deben cubrir integralmente los tratamientos, internaciones, rehabilitaciones y cuidados médicos necesarios, sin importar si el geriátrico está o no en cartilla.
En otras palabras, no pueden negarse a cubrir una residencia por falta de convenio si existe prescripción médica y CUD vigente.
¿Cuánto deben cubrir las obras sociales y prepagas?
Según el nomenclador oficial vigente (diciembre 2024), la cobertura mínima es:
Internación geriátrica – Hogar Permanente con Centro de Día – Categoría A
💰 Monto base: $1.939.524,07
➕ 35% adicional por dependencia (deterioro cognitivo, movilidad reducida, etc.)
📌 Total estimado: $2.618.367,49 por mes
“Muchas familias pagan de su bolsillo lo que la ley obliga a cubrir. Con un CUD y una indicación médica, el 100% de la internación geriátrica debe estar cubierto por la obra social.”
— Dra. Agustina Molla del Castillo, abogada especializada en Derecho de la Salud.
¿Qué pasa si no hacés el reclamo judicial?
En la práctica, si no iniciás un amparo de salud, ese gasto lo asumís vos.
Miles de familias están pagando entre $800.000 y $2.800.000 por mes por un derecho que ya está garantizado por ley.
Las prepagas suelen justificar los rechazos con argumentos inválidos como “fuera de cartilla” o “no tenemos convenio”, pero estos no tienen sustento legal cuando hay CUD y prescripción médica.
La solución: amparo con solicitud de reintegro
En Derecho y Salud, nuestro estudio jurídico, acompañamos a las familias para recuperar o hacer efectiva la cobertura.
✅ Cobramos lo que equivale a una sola cuota de geriátrico o menos.
✅ Honorarios en cuotas accesibles.
✅ Presentación inmediata: en menos de 15 días podés tener una orden judicial que obligue a la cobertura total.
💡 En la mayoría de los casos, el costo del amparo equivale a una sola cuota del geriátrico, pero te garantiza una cobertura mensual de hasta $2.900.000.
En un solo mes recuperás la inversión y el resto del año, ahorrás millones.
Preguntas Frecuentes
¿Qué requisitos necesito para que la obra social cubra el geriátrico al 100%?
Para exigir la cobertura geriátrica al 100% se suelen pedir tres cosas básicas:
✅ Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.
✅ Indicación médica expresa de internación en residencia geriátrica o “hogar permanente con centro de día”, adecuada al diagnóstico del paciente.
✅ Que la residencia geriátrica esté acorde a la patología y el grado de dependencia (por ejemplo, deterioro cognitivo, movilidad reducida, etc.).
Mi obra social dijo que el geriátrico está “fuera de cartilla” y no lo cubre, ¿qué puedo hacer?
Ese argumento de “fuera de cartilla / sin convenio” suele usarse para negar la cobertura, pero no tiene sustento legal cuando, hay CUD vigente y hay prescripción médica clara que indica internación geriátrica.
En esos casos, tenés dos caminos:
a)Reclamo administrativo: notas, mails formales o carta documento exigiendo la cobertura integral según Ley 24.901 y el nomenclador vigente.
b) Amparo de salud con pedido de cobertura y reintegro: si la negativa persiste o la respuesta se demora, se inicia un amparo para que un juez ordene; la cobertura del 100% del geriátrico y el reintegro de lo ya pagado de tu bolsillo.
¿Estás atravesando una situación similar?
Si tu obra social o prepaga negó la cobertura o el reintegro del geriátrico, no esperes más.
Podés iniciar un amparo incluso durante el receso judicial y obtener en pocos días una medida que obligue a tu cobertura.
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