Continuidad en prepagas por edad
Qué es el “aumento etario” y cómo impacta en la continuidad del plan
El “aumento etario” es el cambio de precio que algunas prepagas aplican cuando el afiliado pasa a una franja etaria superior (por ejemplo, de 59 a 60 años). Es distinto de los aumentos generales autorizados por la autoridad de aplicación para todos los usuarios.
Si el contrato prevé franjas y te corresponde un salto por edad, la prepaga puede mover la cuota solo si lo informó clara y previamente al contratar, y siempre respetando los límites de la ley. La Resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud 2407/2023 reafirma que las entidades deben admitir usuarios de cualquier edad y que los valores diferenciales por franja se permiten si se cumplió el deber de información al momento de la afiliación.
Marco legal actualizado
La Ley 26.682 y su reglamentación fijan tres reglas de oro:
- No te pueden rechazar por tu edad en una prepaga al momento de asociarse.
- Si el plan tiene franjas, debe haberse informado de forma expresa y completa cómo cambian las cuotas al pasar de franja.
- La diferencia entre la primera y la última franja no puede superar 3 veces
Además, no te pueden forzar a cambiar de plan ni recortar prestaciones por entrar en una franja etaria determinada. Esto está expresamente prohibido en el art. 4 de la Resolución de la SSS.
¿Qué debe decir tu contrato con la prepaga?
- Porcentaje o monto de incremento por franja.
- Oportunidad de aplicación (a qué edades).
- Que solo se actualiza luego por aumentos autorizados.

Cumpliste 65 años y ya eras afiliado/a a la prepaga
Si ya pertenecías a la prepaga y llegás a los 65, la regla cambia a tu favor.
- Si tenés 10 años o más de antigüedad continua en la misma prepaga no corresponde un aumento por edad al cumplirlos
- Si en ese tiempo cambiaste de plan dentro de la misma empresa, la antigüedad se conserva y las prepagas no pueden “resetearla” para justificar aumentos o exclusiones.
Este suele ser uno de los argumentos más sólidos en sede judicial, porque se demuestra muy fácil con contratos, resúmenes y recibos.
Paso a paso para seguir en tu prepaga cuando te jubilas
Si querés mantener tu prepaga u obra social post jubilación y la Obra Social o Prepaga te contesta que “No aceptan jubilados” y que debés ir a PAMI, tenés derecho a reclamarlo. La propia Ley que creó el PAMI te permite optar por mantener tu Obra Social o Prepaga, permitiendo que tus aportes vayan a la Obra Social o Prepaga que tenías antes de jubilarte.
Esta opción idealmente debe ser ejercida apenas te sale a favor la jubilación, no dejando pasar más de 3-6 meses.
¿Cómo se hace el reclamo para mantener la Obra Social o Prepaga Luego de Obtener la Jubilación?
- Dar aviso a la Prepaga u Obra Social: avisá a tu Obra Social o Prepaga que querés continuar con su cobertura luego de jubilarte. Idealmente por escrito y solicitando respuesta por escrito.
¿Qué puede suceder?
- Que te digan que te aceptan como jubilado (muy poco probable)
- Que te digan que NO aceptan jubilados y que tenés que ingresar como socio nuevo, llenando nuevas DDJJ y con nuevos valores.
- Que no te contesten.
En caso que te contesten por la negativa o directamente ni te contesten, no te queda otro remedio que avanzar con el amparo de salud.
- Contactar abogados especialistas en Salud (Como nosotros) para avanzar con el Amparo de Salud. No dejes pasar mucho tiempo, (tené en cuenta que debés ejercer la opción dentro de los 3-6 meses y que solamente vas a tener cobertura medica solamente por 3 meses post jubilación)
Los pasos para iniciar el reclamo vía judicial son los siguientes:
- Nos vas a enviar toda la documentación que tengas, esto es:
- credencial
- constancia de haber obtenido la jubilación
- reclamos que tengas por mails, whatsapp o por escrito(si no lo tenés por haber sido verbalmente, no te preocupes, se puede reclamar igual)
- si tenés alguna patología/enfermedad por la que te viniste tratando dentro de la Obra Social o Prepaga es muy importante tener la Historia Clínica, Constancias Médicas. El asunto médico pesa mucho dentro del reclamo.
- Análisis de la documentación y redacción de la nota formal: luego de analizar la documentación y si está completa, te armamos la carta de intimación con los fundamentos médicos y jurídicos en 24hs.
- Es ideal tener una respuesta por escrito.
Muchas veces NO sucede que te contesten por escrito. No importa. Se puede avanzar igual.
- Presentación de la demanda de amparo de salud
Por experiencia, las Obras Sociales o Prepagas no suelen contestar a este tipo de intimaciones o si contestan, mantienen su negativa. En este caso ya queda habilitada la vía judicial y se puede presentar la demanda.
Los tiempos reales actuales son de aprox 1 semana a 15 dias para obtener una medida cautelar favorable, ordenando mantener el plan o restituirlo con exactamente las mismas condiciones.
En casos críticos, hemos obtenido cautelares en 48 a 72 horas
Qué le pedimos al juez en estos casos
En general, los puntos centrales del pedido judicial son:
- Mantener el plan vigente CON LA MISMA CARTILLA y restituir credenciales si ya las dieron de baja.
- Ordenar que la prepaga se abstenga de aplicar aumentos por edad cuando no corresponda.
- Mantener a todo el grupo familiar si además el afiliado principal tiene a adherentes
- Que los aportes jubilatorios de ANSES sean derivados directamente a la Obra Social o Prepaga que tenías.
Esta es la manera más eficaz y segura para seguir teniendo la cobertura que venías teniendo antes de jubilarte.
Preguntas Frecuentes
¿Qué sí pueden hacer las prepagas con las personas de más de 65 años?
Cobrar una cuota mayor, pero dentro de parámetros regulados. La edad no puede ser una excusa para dejarte afuera del sistema.
¿Y si tengo menos de 10 años de afiliado y cumplí 65?
Puede haber aumento por franja, respetando topes y reglas de notificación o tabla oficial.
¿Estás atravesando una situación similar?
Si tu obra social o prepaga niega un medicamento, tratamiento o internación, y la urgencia es real, no tenés que esperar.
📌 Podés iniciar un amparo incluso durante receso judicial, y obtener en pocos días una medida que te permita acceder a lo que tu médico ya indicó.
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